IAS 10 "Eventos Posteriores a la Fecha del Balance" establece el tratamiento contable de los eventos que ocurren entre la fecha del balance y la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación. La norma distingue entre dos categorías fundamentales: eventos ajustables (adjusting events) y eventos no ajustables (non-adjusting events).
Eventos Ajustables (Adjusting Events)
Los eventos ajustables son aquellos que proporcionan evidencia de condiciones que existían en la fecha del balance (IAS 10.3). Estos eventos requieren que la entidad ajuste los importes reconocidos en los estados financieros o que reconozca nuevos activos o pasivos.
Ejemplos típicos incluyen:
Según IAS 10.8, las entidades deben ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros en relación con estos eventos, reflejando la realidad económica de la fecha del balance.
Eventos No Ajustables (Non-Adjusting Events)
Los eventos no ajustables son aquellos que indican condiciones que surgieron después de la fecha del balance (IAS 10.3). Aunque no requieren ajustes en los estados financieros, IAS 10.21 requiere que la entidad revele información significativa sobre estos eventos, a menos que el impacto sea inmaterial.
Ejemplos relevantes incluyen:
Para los eventos no ajustables, IAS 10.21 establece que las entidades deben divulgar:
Un aspecto crítico bajo IAS 10.5 es que la fecha relevante es la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación, no la fecha de presentación ante terceros. Esto significa que los eventos ocurridos entre el cierre contable y la aprobación formal deben evaluarse según estas categorías.
Juicio Profesional
La clasificación de eventos requiere juicio profesional. En algunos casos, un evento puede parecer no ajustable inicialmente, pero si proporciona evidencia clara de una condición preexistente, debe reclasificarse como ajustable (IAS 10.9).