IAS 10 Eventos Posteriores al Período de Presentación

Updated 10 June 2026 · Reviewed by IFRS Buddy Editorial Team

Explique IAS 10 — alcance, eventos ajustables, eventos no ajustables, dividendos, continuidad y requisitos de divulgación.

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IAS 10 Eventos Posteriores al Período de Presentación — Regla Fundamental

IAS 10 Hechos Posteriores a la Fecha de Cierre del Período sobre el que se Informa establece cómo las entidades contabilizan y revelan los hechos que ocurren entre el final del período sobre el que se informa y la fecha en que los estados financieros son autorizados para su emisión. Como se establece en IAS 10.2, la norma se aplica a la contabilización y revelación de todos esos hechos — favorables y desfavorables.

La norma establece una distinción crítica entre dos tipos de hechos (IAS 10.3):

  • Hechos que ajustan — proporcionan evidencia de condiciones que existían al final del período sobre el que se informa; los estados financieros deben ajustarse para reflejarlos
  • Hechos que no ajustan — surgen de condiciones que emergieron después del período sobre el que se informa; no se realiza ajuste alguno, pero los hechos materiales requieren revelación

El punto de corte es la fecha de autorización — cuando los estados financieros son formalmente aprobados para su emisión. IAS 10.7 confirma que todos los hechos hasta esa fecha se encuentran dentro del alcance, incluso si ocurren después del anuncio público de la ganancia u otra información financiera seleccionada.

Cómo Funciona IAS 10 Eventos Posteriores al Período de Presentación

Hechos que ajustan

IAS 10.8 requiere que una entidad ajuste los importes reconocidos en sus estados financieros para reflejar los hechos que ajustan. La prueba clave es si el hecho proporciona información nueva sobre una condición que ya existía en la fecha de cierre. Los ejemplos bajo IAS 10.9 incluyen:

  • Liquidación después del período sobre el que se informa de un caso judicial que confirma que existía una obligación presente al cierre del ejercicio
  • Recepción de información que confirma que un cliente era insolvente en la fecha de cierre, requiriendo el deterioro de una cuenta por cobrar
  • Descubrimiento de fraude o errores que muestren que los estados financieros fueron incorrectos

Hechos que no ajustan

IAS 10.10 es igualmente claro: una entidad no ajustará sus estados financieros por hechos que no ajustan. Estos reflejan condiciones que surgieron solamente después de la fecha de cierre. Un ejemplo clásico dado en IAS 10.11 es una disminución en el valor razonable de las inversiones entre la fecha de cierre y la fecha de autorización — esto refleja circunstancias posteriores al período, no condiciones al cierre del ejercicio, por lo que no se realiza ajuste alguno. Sin embargo, la revelación aún puede ser requerida si el hecho es material.

Dividendos

Se aplica una regla específica a los dividendos: IAS 10.12 establece que si una entidad declara dividendos a los tenedores de instrumentos de patrimonio después del período sobre el que se informa, esos dividendos no serán reconocidos como un pasivo al final del período sobre el que se informa. No existe obligación en la fecha de cierre, por lo que no hay nada que provisionar — la declaración se revela en las notas en su lugar.

Continuidad de la operación

Si la dirección determina después del período sobre el que se informa que tiene la intención de liquidar la entidad o cesar operaciones, IAS 10.14 prohíbe la preparación de los estados financieros sobre la base de continuidad de la operación. Adicionalmente, IAS 10.15 señala que un deterioro en los resultados operativos y la posición financiera después del período sobre el que se informa puede indicar la necesidad de reevaluar si el supuesto de continuidad de la operación sigue siendo apropiado — el efecto de abandonar ese supuesto es tan generalizado que requiere un cambio fundamental en la base contable.

IAS 10 Eventos Posteriores al Período de Presentación — Errores Comunes

  • Confundir la fecha de autorización con la Asamblea General de Accionistas o la fecha de presentación. La aprobación de los estados financieros por los accionistas después de la emisión no extiende el período de corte — la fecha de autorización es cuando la dirección o el consejo aprueba los estados para su emisión.
  • Ajustar por cambios de precio posteriores al período. Una caída en el valor de mercado después del cierre del ejercicio es un hecho que no ajusta (IAS 10.11) — no reexpresa el importe en libros al cierre del ejercicio.
  • Provisionar dividendos propuestos. Los dividendos declarados después del período sobre el que se informa no son pasivos al cierre del ejercicio (IAS 10.12). Provisionarlos es un error común.
  • Omitir revelaciones para hechos materiales que no ajustan. Incluso cuando no se requiere ajuste alguno, IAS 10.21 requiere la revelación de cada categoría material de hecho que no ajusta, incluyendo la naturaleza del hecho y una estimación de su efecto financiero (o una declaración de que tal estimación no puede ser realizada).
  • Olvidar actualizar las revelaciones. IAS 10.19 requiere que una entidad actualice las revelaciones sobre condiciones que existían en la fecha de cierre cuando se recibe información nueva después del período, incluso si no se requiere remensura.

IAS 10 Eventos Posteriores al Período de Presentación — Párrafos Clave

  • IAS 10.3 — Define hechos posteriores a la fecha de cierre del período sobre el que se informa y establece las dos categorías: hechos que ajustan y hechos que no ajustan
  • IAS 10.8 — Requiere el ajuste de los estados financieros para reflejar hechos que ajustan posteriores al período sobre el que se informa
  • IAS 10.10 — Prohíbe el ajuste de los estados financieros por hechos que no ajustan
  • IAS 10.12 — Los dividendos declarados después del período sobre el que se informa no son reconocidos como un pasivo en la fecha de cierre
  • IAS 10.14 — Prohíbe el uso de la base de continuidad de la operación si la dirección determina después del período que tiene la intención de liquidar o cesar operaciones
  • IAS 10.21 — Requiere la revelación de hechos materiales que no ajustan, incluyendo naturaleza y efecto financiero estimado

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