Las transacciones en moneda extranjera se reconocen inicialmente en la moneda funcional de la entidad. Conforme a NIC 21.21, en el momento del reconocimiento inicial, una transacción en moneda extranjera se convierte a la moneda funcional utilizando el tipo de cambio de contado (spot rate) a la fecha de la transacción. El tipo de cambio de contado es el tipo de cambio bilateral vigente en esa fecha.
Tratamiento de diferencias de cambio al cierre del ejercicio
Al final de cada período sobre el que se informa, las partidas monetarias en moneda extranjera deben reconvertirse utilizando el tipo de cambio de cierre (NIC 21.23). Las diferencias de cambio que resulten de la conversión de partidas monetarias se reconocen en resultados del período, salvo en casos específicos:
Cuando una entidad designa una partida en moneda extranjera como elemento cubierto en una cobertura de riesgo de cambio, las diferencias de cambio se tratan conforme a IFRS 9. Si la cobertura es efectiva, parte o la totalidad de la ganancia o pérdida por cambio puede reclasificarse a otro resultado integral (NIC 21.24A).
Presentación en estados financieros consolidados
Para negocios extranjeros, NIC 21.48 requiere que los resultados y posición financiera se conviertan al tipo de cambio de cierre, mientras que los ingresos y gastos se convierten a tasas promedio del período. Las diferencias de cambio resultantes se incluyen en otro resultado integral y se acumulan en un componente separado del patrimonio.
Aplicación práctica importante
La distinción entre partidas monetarias y no monetarias es fundamental. Las partidas monetarias (efectivo, deudas, cuentas por cobrar) generan diferencias de cambio que afectan resultados. Las partidas no monetarias al costo histórico no generan diferencias de cambio posteriores al reconocimiento inicial.
Las entidades deben aplicar estos principios de manera consistente, documentando el tipo de cambio utilizado y el tratamiento contable elegido para cada categoría de transacción en moneda extranjera.