Comienza la votación de la NIC 28, aprobada la RFI de la NIIF 9 sobre coberturas
23 de septiembre de 2026
El IASB se reunió el 22 y 23 de septiembre de 2026 y decidió iniciar el proceso de votación de la NIC 28 Equity Method of Accounting revisada sin nueva exposición, con un miembro que señaló su intención de disentir. La Junta también aprobó la publicación de una Request for Information sobre la revisión posterior a la implementación de la contabilidad de coberturas de la NIIF 9, decidió de manera preliminar nuevos criterios de clasificación de la NIC 7 para pagos relacionados con adquisiciones, y avanzó en la presentación fiscal según la NIIF 18/NIC 12, la medición al costo amortizado, los FICE, los activos intangibles y las provisiones de la NIC 37.
Método de participación (NIC 28) — La Junta inicia la votación de la norma revisada
El hito más destacado de la reunión de septiembre: el IASB decidió iniciar el proceso de votación de la NIC 28 Investments in Associates and Joint Ventures revisada, haciendo pasar el proyecto del método de participación, en curso desde hace tiempo, de la fase de redeliberación a la fase formal de emisión. Los 12 miembros de la Junta confirmaron estar satisfechos de que se cumplieron los requisitos de debido proceso y de que se llevó a cabo suficiente consulta y análisis — pero un miembro señaló su intención de disentir de la emisión de la norma revisada, por lo que aún no es un resultado unánime.
Antes de llegar a este punto, la Junta cerró varios temas pendientes:
- Estados financieros separados según la NIC 27: se retiró la propuesta del borrador para discusión pública que habría exigido a una controladora revelar ganancias o pérdidas de transacciones "descendentes" con subsidiarias contabilizadas por el método de participación, reemplazándola por la obligación de revelar la política contable para el reconocimiento de dichas ganancias o pérdidas — y se decidió no agregar otros requisitos de revelación a la NIC 27 (los 12 de acuerdo).
- Sweep issues: se mantuvo la posición del borrador según la cual los procedimientos del método de participación son en gran medida similares a los procedimientos de consolidación de la NIIF 10; se confirmó que un inversor que aplique la exención por costo o esfuerzo desproporcionado en la transición puede evaluar las ganancias y pérdidas de forma colectiva o individual, y debe aplicar su nueva política contable de forma prospectiva después de la fecha de transición (los 12 de acuerdo).
- Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas según la NIIF 19: se definió una larga serie de subdecisiones sobre revelación para subsidiarias elegibles que aplican la NIIF 19, incluida la obligación de revelar la política contable para el reconocimiento de ganancias o pérdidas de transacciones con asociadas y negocios conjuntos (los 12 de acuerdo), y — cuando una subsidiaria restringe el reconocimiento de dichas ganancias o pérdidas — el monto restringido y su ubicación en el estado de situación financiera (los 12 de acuerdo). Se rechazaron explícitamente varios requisitos de revelación más específicos, incluida una conciliación de las ganancias y pérdidas restringidas (11 de 12) y la indicación de las partidas concretas donde se presentan los montos restringidos (11 de 12).
- Fecha de vigencia: la NIC 28 revisada se aplicaría a los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2029, con aplicación anticipada permitida (y obligación de revelarla si se utiliza) — bajo la premisa de que la norma se emita en el primer semestre de 2027 (9 de 12 de acuerdo).
Revisión posterior a la implementación de la NIIF 9 — Aprobada la Request for Information sobre coberturas
Como se había anticipado en julio, el IASB confirmó que publicará este mes una Request for Information sobre la revisión posterior a la implementación de los requisitos de contabilidad de coberturas de la NIIF 9. En la reunión de septiembre, los 12 miembros aprobaron la RFI para consulta pública y fijaron un período de comentarios de 120 días. Esto brinda a quienes preparan y utilizan los estados financieros con programas de cobertura significativos un canal formal para señalar si el modelo actual de contabilidad de coberturas — y su interacción con los requisitos de revelación de la NIIF 7 — aporta información útil para la toma de decisiones a un costo razonable.
Estado de flujos de efectivo — Clasificación de los pagos relacionados con adquisiciones
La Junta decidió de manera preliminar modificar el párrafo 39 de la NIC 7 para que los "flujos de efectivo derivados de obtener o perder el control" de una subsidiaria incluyan únicamente los pagos de partidas comprendidas en la "contraprestación transferida" según se define en el párrafo 37 de la NIIF 3. El efecto práctico, una vez finalizado:
- Los pagos de contraprestación diferida y contingente derivados de una combinación de negocios se clasificarían como actividades de inversión (8 de 12 de acuerdo).
- Los pagos de la deuda preexistente de la adquirida se clasificarían como actividades de financiación (11 de 12 de acuerdo).
- Los pagos de costos de transacción se clasificarían como actividades operativas (los 12 de acuerdo).
Otras decisiones — FICE, costo amortizado, activos intangibles, presentación fiscal NIIF 18, NIC 37
- Instrumentos financieros con características de patrimonio (NIC 32 / NIIF 18): continuó la redeliberación sobre obligaciones de comprar instrumentos de patrimonio propios. Se decidieron de manera preliminar el asiento de débito en el reconocimiento inicial (sujeto a ajustes sobre el acceso a los rendimientos de las participaciones no controladoras, 9 de 12), que las ganancias o pérdidas por remedición se reconozcan en resultados (12 de 12), y que al vencimiento de una opción de venta emitida sobre participaciones no controladoras, una entidad reconozca en resultados la diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y el importe inicial de reducción de dichas participaciones (11 de 12). Aún sin decisión sobre la medición del propio pasivo financiero.
- Medición al costo amortizado (NIIF 9): se aclaró que la prueba del 10 por ciento considera todas las cláusulas contractuales, evaluándose las opciones o cláusulas contingentes como si se ejercieran en la fecha más temprana posible, independientemente de su probabilidad (9 de 12), y que las líneas de crédito revolventes se evalúan según la capacidad de crédito máxima durante el plazo restante (12 de 12). Se decidió de manera preliminar exigir un ajuste a la tasa de interés efectiva — que refleje un cambio en la tasa de interés contractual por valor temporal del dinero o riesgo de crédito — cuando una modificación que no genera baja en cuentas cambie dichas cláusulas (11 de 12), y se aclaró qué se entiende por "costos o comisiones incurridos" en una modificación de ese tipo (12 de 12).
- Activos intangibles (NIC 38): continuó el desarrollo de un modelo para la contabilización, desde la perspectiva del cliente, de contratos de licencia de propiedad intelectual, usando como caso de prueba un contrato de tipo Software as a Service basado en la nube. No se tomaron decisiones.
- Combinaciones de negocios — Revelaciones, plusvalía y deterioro: se discutió qué información exigir sobre el desempeño posterior de una combinación de negocios. No se tomaron decisiones.
- NIIF 18 / NIC 12 — Presentación de impuestos distintos del impuesto a las ganancias: se decidió de manera preliminar modificar la NIIF 19 para que las subsidiarias elegibles que la aplican y clasifican cargos fiscales sustitutivos dentro de la categoría de impuesto a las ganancias deban revelar la naturaleza, el monto y la base de cálculo de dichos cargos (12 de 12), con aplicación retroactiva según la NIC 8 sin exención para los adoptantes por primera vez (12 de 12). El borrador tendrá un período de comentarios de 120 días; dos miembros señalaron su intención de disentir. Se espera su publicación en el cuarto trimestre de 2026.
- Provisiones — Mejoras específicas (NIC 37): se reubicó un requisito de apoyo (originalmente propuesto como párrafo 14R) desde la condición del suceso pasado hacia la condición de obligación, a raíz de la decisión anterior de omitir el párrafo 14Q (12 de 12); sin cambios en las propuestas sobre costos activados por un umbral; se mantuvo la exclusión del alcance para los contratos de ejecución pendiente, alineando la definición con el Marco Conceptual (12 de 12 en ambos puntos).
Por qué importa
La decisión de votación de la NIC 28 es la que conviene vigilar más de cerca: una vez que una norma entra en votación, la finalización suele llegar en pocos meses, y las entidades con asociadas, negocios conjuntos o subsidiarias contabilizadas por el método de participación deberían empezar a evaluar la nueva opción de política contable para el reconocimiento de ganancias y pérdidas por transacciones — tanto en los estados financieros consolidados como, ahora también, en los separados — bien antes de la fecha de vigencia propuesta del 1 de enero de 2029. Para quienes gestionan programas de cobertura significativos, la RFI sobre contabilidad de coberturas de la NIIF 9 es una oportunidad real de influir en el pensamiento de la Junta durante la ventana de comentarios de 120 días, en lugar de reaccionar después ante un borrador ya terminado. Y las pautas, aún preliminares, sobre la clasificación de pagos relacionados con adquisiciones en la NIC 7 dan una señal más clara de dónde ubicar en el estado de flujos de efectivo la contraprestación diferida, el pago de deuda preexistente y los costos de transacción — conviene revisarlo antes de la próxima combinación de negocios de la entidad.
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