El IASB emite IFRS 20 Activos Regulatorios y Pasivos Regulatorios
27 de mayo de 2026
El 27 de mayo de 2026, el IASB emitió IFRS 20 Activos Regulatorios y Pasivos Regulatorios, que sustituye a IFRS 14 y es aplicable a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2029. La norma cubre una laguna en la información financiera IFRS al exigir a las entidades con regulación tarifaria que reconozcan activos y pasivos regulatorios derivados de diferencias temporales entre los ingresos de IFRS 15 y la compensación total permitida. La medición utiliza flujos de efectivo futuros descontados al tipo de interés regulatorio.
El IASB emite IFRS 20 Activos Regulatorios y Pasivos Regulatorios
El 27 de mayo de 2026, el IASB emitió IFRS 20 Activos Regulatorios y Pasivos Regulatorios, la norma integral para las entidades que operan bajo regulación tarifaria. IFRS 20 sustituye a IFRS 14 Cuentas de Diferimiento Regulatorio y es aplicable a los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2029 o posteriormente, con posibilidad de aplicación anticipada.
El problema que IFRS 20 resuelve
Las entidades sujetas a regulación tarifaria se enfrentan a un reto fundamental de temporalidad. Los ingresos reconocidos según IFRS 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes en un periodo determinado difieren con frecuencia de la compensación total permitida — el importe al que la entidad tiene derecho por los bienes o servicios regulatorios suministrados en ese periodo. Esta brecha surge porque los reguladores fijan las tarifas por anticipado o con posterioridad, creando derechos y obligaciones que abarcan varios periodos de información y que anteriormente no se reconocían bajo las IFRS.
Ilustración: La Empresa A incurre en costes de insumos de 120 UM en el Año 1 pero solo factura a los clientes 100 UM (la tarifa estimada). Sin IFRS 20, declara una pérdida de (20) en el Año 1 y un beneficio de 20 en el Año 2 — información engañosa para los inversores. Aplicando IFRS 20, reconoce ingresos regulatorios de 20 UM en el Año 1 y un activo regulatorio de 20 UM, mostrando un resultado equilibrado en ambos años y reflejando con precisión la economía de cada periodo.
Alcance
IFRS 20 se aplica a las sociedades sujetas a un acuerdo regulatorio — un acuerdo que crea derechos y obligaciones exigibles que establecen cómo un regulador (un organismo obligado por ley a determinar las tarifas) fija la tarifa regulada cobrada por los bienes o servicios suministrados en un periodo.
Los bienes o servicios regulatorios incluyen no solo el suministro de bienes o servicios a clientes (que genera ingresos de IFRS 15), sino también el mantenimiento de la red (incluyendo el mantenimiento rutinario y la disponibilidad operativa), la ampliación de la capacidad de la red y el cumplimiento de otros objetivos establecidos por el regulador.
Excepción de alcance: IFRS 20 no se aplica a los activos y pasivos regulatorios derivados de primas reguladas en contratos de seguro dentro del alcance de IFRS 17.
Conceptos clave: diferencias temporales
Una diferencia temporal surge cuando parte o la totalidad de la compensación total permitida por bienes o servicios regulatorios suministrados en un periodo de información se cobra a los clientes en un periodo diferente a través de las tarifas reguladas. Estas diferencias dan lugar a:
- Activo regulatorio — derecho presente exigible a añadir un importe a las tarifas reguladas futuras, porque la compensación por bienes o servicios ya suministrados aún no se ha incluido en los ingresos de IFRS 15
- Pasivo regulatorio — obligación presente exigible de deducir un importe de las tarifas reguladas futuras, porque la compensación por bienes o servicios a suministrar en el futuro ya se ha incluido en los ingresos de IFRS 15
- Ingresos regulatorios — ingresos derivados de cambios en un activo o pasivo regulatorio
- Gastos regulatorios — gastos derivados de cambios en un activo o pasivo regulatorio
Reconocimiento
Una entidad reconoce todos los activos y pasivos regulatorios existentes al final del periodo de información y todos los ingresos y gastos regulatorios generados durante el periodo. El umbral de reconocimiento es: probabilidad de existencia superior al 50 %.
Para evaluar la existencia, la entidad considera toda la información razonable y corroborable disponible sin coste ni esfuerzo excesivos, incluidas las decisiones regulatorias, las resoluciones judiciales, los precedentes directos e indirectos y el asesoramiento jurídico cualificado.
Para los activos y pasivos regulatorios derivados de la depreciación regulatoria de la base de capital regulatoria (RCB), el reconocimiento requiere una relación directa entre la RCB y las partidas relacionadas (como los activos depreciables). La entidad debe poder realizar un seguimiento, por importe y periodo, de cómo la depreciación regulatoria proporciona compensación por los importes derivados de esas partidas.
Medición
IFRS 20 requiere una técnica de medición basada en flujos de efectivo:
1. Estimar todos los flujos de efectivo futuros derivados de la recuperación del activo regulatorio o la liquidación del pasivo regulatorio (incluidos los flujos de intereses regulatorios), usando el método del importe más probable o del valor esperado 2. Descontar esos flujos al tipo de interés regulatorio — habitualmente el tipo especificado en el acuerdo regulatorio
Un enfoque de medición simplificado se aplica cuando una partida solo afecta a las tarifas reguladas en el momento del pago o cobro del efectivo: el activo o pasivo regulatorio se mide por el valor en libros del pasivo o activo relacionado, ajustado por diferencias como el riesgo crediticio o el riesgo de demanda.
Presentación
Estado de resultados: Los ingresos y gastos regulatorios se clasifican como ingresos ordinarios y se presentan como una línea separada junto a los ingresos de IFRS 15. Cuando una partida se incluye en otro resultado global (ORI) según otra norma IFRS (por ejemplo, las remediciones de planes de pensiones según IAS 19), el ingreso o gasto regulatorio correspondiente también se incluye en el ORI.
Estado de situación financiera: Los activos y pasivos regulatorios se presentan como partidas separadas, clasificadas entre corrientes y no corrientes.
Información a revelar
IFRS 20 introduce amplios requisitos de información:
- Conciliaciones de los valores en libros de apertura y cierre de activos y pasivos regulatorios, mostrando los componentes en resultados y en ORI
- Análisis de vencimientos con información cuantitativa, por bandas temporales, sobre cuándo la entidad espera recuperar los activos regulatorios y liquidar los pasivos regulatorios
- Información sobre activos y pasivos regulatorios no reconocidos y los motivos de su no reconocimiento
- Información sobre la RCB y su relación con las partidas relacionadas: tipo de relación (directa o no directa), razones y cualquier cambio
Transición
Las entidades pueden aplicar IFRS 20:
- Retroactivamente de acuerdo con IAS 8 Base de Preparación de los Estados Financieros, o
- Usando un enfoque retroactivo modificado, que ofrece facilidades de transición incluyendo el uso de información a posteriori en la fecha de transición
Fecha de vigencia
IFRS 20 es aplicable a los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2029 o posteriormente. Se permite la aplicación anticipada. La norma sustituye a IFRS 14 Cuentas de Diferimiento Regulatorio.
¿Quién se ve afectado?
IFRS 20 afecta principalmente a entidades en sectores regulados:
- Suministradoras de electricidad, gas y agua
- Operadores de redes de telecomunicaciones
- Ferrocarriles, aeropuertos e infraestructuras de transporte
- Cualquier entidad sujeta a un acuerdo regulatorio que establezca las tarifas cobradas a los clientes
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